"Karl Marx: "Al capital le horroriza la ausencia de beneficio. Cuando siente un beneficio razonable, se enorgullece. Al 20%, se entusiasma. Al 50% es temerario. Al 100% arrasa todas las leyes humanas y al 300%, no se detiene ante ningún crimen." .

martes, 3 de marzo de 2009

CIDH determina que Gobierno venezolano no violó libertades de Globovisión y RCTV

03 de marzo 2009. - El Gobierno Bolivariano del Presidente Hugo Chávez no violó ninguna de las libertades de expresión, propiedad e igualdad de las empresas de comunicación privadas, Globovisión y RCTV, tal como fue la acusación que estos medios elevaron ante esta instancia internacional.
Así lo determinó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), luego que este 3 de marzo de 2009, notificó al Estado venezolano del contenido de la sentencia del caso Gabriela Perozo y otros (Globovisión), contra Venezuela.

En esta sentencia, la Corte Interamericana sólo estableció que el estado habría fallado presuntamente en su obligación por no "evitar" que terceras personas obstaculizaran el ejercicio profesional de los periodistas y trabajadores de Globovisión.
En este sentido, no ordena ni obliga a indemnización alguna por daño moral o físico a los demandantes, sino una cantidad monetaria por concepto de costas y gastos del "juicio" que llevó adelante la Corte.
Globovisión, había solicitado que se penalizara a Venezuela con el pago de un millón de dólares.
La sentencia, en resumen, es la siguiente:
1. No ha sido establecido que el Estado haya violado el derecho a la libertad de expresión (Art. 13.5 de la Convención) de los periodistas y trabajadores de Globovisión.
2. No ha sido establecido que el Estado haya violado el derecho a la propiedad privada (Art. 21 de la Convención) de Globovisión.
3. No se ha establecido que el Estado haya violado el derecho a la igualdad ante la Ley (Artículo 24 de la Convención) en perjuicio de Globovisión.
4. El Estado es responsable por el incumplimiento de la obligación de garantizar la libertad de expresión y la integridad personal de los trabajadores y periodistas de Globovisión.
En virtud de estas consideraciones la Corte ordenó al Estado:
1. Conducir eficazmente las investigaciones y procesos penales abiertos por los hechos denunciados por Globovisión.
2. El Estado debe publicar en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional ciertos extractos de la sentencia.
3. El Estado debe tomar medidas para evitar las restricciones y obstaculizaciones a la libertad de expresión de los trabajadores y periodistas de Globovisión.
4. El Estado debe pagar 10.000 dólares americanos por concepto de Costas y Gastos


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